23.7 C
Posadas
viernes, enero 31, 2025
spot_img

Agencias de viajes mendocinas recuperan su marco legal tras desregulación nacional

Tras la derogación de la ley nacional 18.829, el Gobierno de Mendoza modificó su normativa local para regular las agencias de viajes receptivas. La medida, adoptada mediante el Decreto 1725/24 y la Resolución 398/24, busca llenar el vacío legal que había dejado la eliminación de la ley nacional, asegurando así la habilitación del transporte turístico y mejorando la seguridad y la experiencia de los turistas que visitan la provincia. El Ente Mendoza Turismo (Emetur) informó que las nuevas agencias de viajes que deseen inscribirse deberán cumplir con ciertos requisitos, como registrarse en el Registro de Agencias de Viajes de Faevyt. Este registro es autogestionable, gratuito y no exige ser miembro de la correspondiente regional de la Federación. Además, la medida facilita las gestiones para los empresarios y profesionales del sector, promoviendo la legalidad y la competencia leal en la industria turística de Mendoza.

Requisitos y beneficios para las agencias de viajes

Según explicó Gabriela Testa, presidenta del Emetur, la nueva normativa es obligatoria para aquellas agencias que necesiten habilitar transporte turístico y para las nuevas empresas de turismo receptivo interesadas en participar en las acciones promocionales del Ente. La formalidad de las empresas y la competencia leal son condiciones esenciales para la sostenibilidad del destino. Todos los trámites gestionados en el Emetur son digitales y cuentan con el asesoramiento del equipo técnico, sin ningún costo adicional. Guillermo Sallitto, presidente de la Asociación Mendocina de Agencias y Viajes y Turismo (Amavyt), celebró la iniciativa, destacando que devuelve el marco legal al sector. «Desde Amavyt y Faevyt festejamos la resolución, ya que las agencias de viajes estamos amparadas nuevamente y no quedamos a la deriva, como ocurrió en diciembre de 2023, cuando se derogó la ley 18829», expresó.

Detalles del Decreto 1725/24

El Decreto 1725/24 introduce varias modificaciones importantes para el sector turístico de Mendoza. Define el «Servicio Contratado Turístico» como aquellos traslados con fines turísticos, recreativos o de conocimiento. Los vehículos habilitados para este servicio deberán estar inscritos en el Registro de Prestadores de Turismo gestionado por el Emetur. Además, se exige que los servicios de transporte turístico cuenten con guías de turismo registrados, permitiendo también la figura del «guía chofer» bajo ciertos requisitos. Los vehículos destinados a servicios turísticos deberán cumplir con especificaciones determinadas por las autoridades, incluyendo una identificación vehicular adecuada. Para mejorar la seguridad, los pasajeros deberán estar registrados en una Planilla Única de Pasajeros, controlada por el Emetur.

NOTAS RELACIONADAS

Formulario de Suscripción

Suscríbete al Newsletter de Turismo Misiones

Recibe a diario un resumen de las noticias que interesan en su email. Puede desuscribirse cuando quiera.

Tendencias Actuales